101º Aerotransportada La Coruña - Airsoft

ARIETE 2008

Estimados Socios y Amigos del Mundo de la Recreación:

Después del éxito de este año, con ARIETE 2007, hemos llegado a un acuerdo con el Coronel-Director de Museo Militar de La Coruña, D. José Navas Ramírez-Cruzado, para las fechas de ARIETE 2008, y hemos decididopara que se celebren los días 9 y 10 de AGOSTO de 2008. Estas fechas no coincidencon ningún evento napoleónico ycon ningún Beltring,siendo además en LaCoruña las fiestas de la ciudad.

Entre las actividades y exhibiciones que tendrán lugar el sábado, tendremos varios combates entre Hoplitas y Romanos, demostraciones Napoleónicas, otros grupos de otras épocas y el domingo laescenificación "estrella" del " DESEMBARCO DE NORMANDIA 1944 "¡¡será espectacular!!!

Estamos trabajando duro para conseguir la asistencia de aviones y diversos vehículos militares, sin olvidar también, nuestra BOLSA DE MILITARIA.

En unas semanas se presentará el cartel y el programa resumido.

Todas las personas y grupos de recreación que deseen disfrutar de un fin de semana de Historia están invitadas a participar en estos espectaculares actos.

 

 

 

 

 

 



 

 

Para solicitar la inscripción enviar un email a manuelarenas@royalgreenjackets.org indicando:

  • Nombre
  • Apellidos
  • DNI
  • Dirección Postal
  • email
  • Teléfono
  • Nacionalidad
  • Asociación o grupo
  • Web
  • Arma del Cuerpo (infantería, caballería, artillería, aire, naval)
  • Vehículo cuerpo al que pertenece (si procede)
  • ¿Vas a hacer Campamento?
  • Matrícula coche particular (en caso de desplazarse con el hasta La Coruña)

Teléfono de contacto: 981 22 24 69

Manuel Santiago Arenas Roca
Coordinador General para ARIETE

Javier Pena
Secretario del Comité Organizador.

NORMATIVA DE ACTIVIDADES CON VEHíCULOS MILITARES DE EPOCA DE LA 2º GUERRA
MUNDIAL (ARIETE o otras actividades de la Asociación)


Art. 1 .- Todos los vehículos, tanto los de la Asociación como los de
propiedad particular, una vez, en el lugar de la actividad, estarán sujetos
a la disciplina y demás normativa de la Asociación Historico Cultural " The
Royal Green Jackets ".

Art. 2 .- Todo el personal, que conduzca cualquier clase de vehículo durante
la actividad, necesariamente, deberá estar habilitado para ello, y cumplirá
la legislación vigente.

Art. 3 .- Todo el personal conductor, deberá tener la experiencia necesaria
para llevar este tipo de vehículos.

Ar. 4 .- Queda terminantemente prohibido conducir de forma negligente o
temeraria, ni hacer demostraciones de velocidad.

Art. 5 . - Habrá dos clases de conductores:

a) Los del Parque Movil,especialistas, que conducirán los vehículos que, por
sus singulares carácteristicas la Asociación determine.

b) Los eventuales, que conducirán los vehículos de su propiedad, u otros que
por razones tácticas de la Recreación en ese momento la Asociación estime
necesario.

Art. 6 .- Cada conductor será respondable del mantenimiento del vehículo que
tenga asignado, así como deberá presentar las debidas novedades sobre el
aspecto tecnico al Secretario encargado del Parque.

Art. 7 .- Los vehículos, por lo general, se moverán con dos miembros como
minímo e irán en convoy, el cual, estará supervisado por el Oficial Jefe de
este, los numerará, y les dará el puesto dentro de la caravana, este será su
lugar, salvo fuerza mayor, hasta el final de la actividad.

Art. 8 .- Queda terminantemente prohibido, circular con los vehículos en
solitario, fuera de la caravana, con personal civil o lugar destinado para
la actividad. Sólo en casos puntuales previa autorización de la Asociación u
oficial de Servicio, se hará, y siempre ajustandose a la normativa vigente.

Art. 9 .- Queda limitada la velocidad de todos los vehículos, a 45 Km/h.

Art. 10 .- El movimiento de vehículos tanto de marcha como de parada, estará
sujeto a las ordenes de la Asociación, mediante el Oficial o Military
Police, Feldgendarme de servicio, quien controlará que todos esten es sus
puestos, evoluciones, y que cada conductor de vehículo le indique, uno por
uno, que esta en condiciones y preparado para circular.

Art. 11 .- La distancia entre vehículos sera de 5 metros, aumentandose, o
disminuyendo, según, las circunstancias del tráfico lo estimen conveniente.
Cuando se circule en vías con otro vehículos, se podrá aumentar esta, para
facilitar el adelantamiento de estos al convoy.

Art. 12 .- Si por alguna incidencia del tráfico, la caravana se dísgregara,
y si no hay orden en contrario, la cabeza aminorá la marcha, hasta que el
resto la alcance.


La Secretaria de la Asociación Historico Cultural " The Royal Green Jackets

 

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